LOS PACIENTES TAMBIÉN TIENEN DERECHOS


Todos alguna vez en nuestra vida hemos necesitado o necesitaremos utilizar algún servicio de salud, ya sea público o privado. En el mejor de los casos, siguiendo el tratamiento adecuado y las indicaciones del médico, recuperaremos nuestro bienestar y continuaremos con nuestra vida con absoluta normalidad.

El asunto puede complicarse si sufrimos algún inconveniente con el servicio, como trato indigno o irrespetuoso, negligencia o impericia por parte del médico, carencia de material o medicamentos, y negativa a proporcionarnos información sobre el estado de salud de algún familiar en estado grave o a darnos un resumen clínico para solicitar la opinión de otro especialista. Todos somos pacientes potenciales, por eso es muy importante que conozcamos muy bien nuestros derechos para evitar estas situaciones o, en su momento, saber enfrentarlas.

Más allá de la mala práctica médica


La Carta de los Derechos Generales de los Pacientes, publicada en diciembre del 2001, contiene las prerrogativas de cualquier persona cuando, en su carácter de paciente, recibe atención médica. Para su elaboración participaron la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED), la Subsecretaría de Innovación y Calidad, la Comisión Nacional de Bioética, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Federación Nacional de Colegios de Profesión Médica del IMSS, la Subdirección General Médica del ISSSTE, la Comisión Interinstitucional de Enfermería y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud.

Agustín Ramírez, subcomisionado jurídico de la CONAMED, menciona que los derechos de los pacientes no están estrictamente relacionados con la mala práctica médica, sino que abarcan toda la atención médica, por lo que deben estar a la vista en los hospitales, las clínicas y los consultorios, con el fin de que el paciente los pueda leer antes de ser atendido.

La mala práctica médica implica negligencia o impericia por parte del galeno. La negligencia se refiere a un descuido u omisión, y la impericia es la falta de conocimientos o la aplicación inadecuada de esos conocimientos. Por ejemplo, si el paciente acude al médico porque tiene un dolor que implica la posibilidad de que le practiquen una cirugía de apéndice y por descuido o falta de atención del especialista se complica en una peritonitis, se habla de negligencia; mientras que la impericia es cuando el médico no sabe que ese dato clínico implica la necesidad de realizarle una cirugía al paciente o, aun con el conocimiento, lo hace mal porque no tiene la capacidad requerida*.


CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DE LOS PACIENTES


1.   RECIBIR ATENCION MÉDICA ADECUADA por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y las circunstancias en que se brinda la atención; así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico.

2.  RECIBIR TRATO DIGNO Y RESPETUOSO. El paciente tiene derecho a que el médico, la enfermera y el personal que le brinden atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, pudor a su intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes.

3. RECIBIR INFORMACION SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ. El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a que el médico tratante les brinde información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento; se exprese siempre en forma clara y comprensible; que la información que se brinde sea oportuna, con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente y sea siempre veraz, ajustada a la realidad.

4.  DECIDIR LIBREMENTE SOBRE SU ATENCIÓN. El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento diagnóstico o terapéutico ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales.

5. OTORGAR O NO SU CONSENTIMIENTO VÁLIDAMENTE INFORMADO. El paciente, o en su caso el responsable, en los supuestos que así lo señale la normativa, tiene derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte sujetarse con fines de diagnósticos o terapéuticos, a procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en forma amplia y completa en qué consisten, de los beneficios que se esperan, así como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto médico, incluyendo las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de donación de órganos.

6.     SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD. El paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico, se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.

7.  CONTAR CON FACILIDADES PARA OBTENER UNA SEGUNDA OPINIÓN. El paciente tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria para obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud.

8.    RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA EN CASO DE URGENCIA. Cuando está en peligro la vida, un órgano o una función, el paciente tiene derecho a recibir atención de urgencia por un médico, en cualquier establecimiento de salud, sea público o privado, con el propósito de estabilizar sus condiciones.

9.  CONTAR CON UN EXPEDIENTE CLINICO. El paciente tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados con la atención médica que reciba sean asentados en forma veraz, clara, precisa, legible y completa en un expediente que deberá cumplir con la normativa aplicable y cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen clínico veraz de acuerdo al fin requerido.

10. SER ATENDIDO CUANDO SE INCONFORME POR LA ATENCIÓN MÉDICA RECIBIDA. El paciente tiene derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la instancia correspondiente, cuando se inconforme por la atención médica recibida de servidores públicos o privados. Asimismo, tiene derecho a disponer de vías alternas a las judiciales para tratar de resolver un conflicto con el personal de salud**.




*Sandoval, S. (2005, Febrero). Los pacientes también tienen derechos. Revista del Consumidor, 68-70.
**Carta de los Derechos Generales de los Pacientes. Comisión Nacional de Arbitraje Médico.

Comentarios

  1. El día de hoy 20 de Noviembre se me nego el servicio de Papanicolao dentro del horario establecido De las 8:30 a las 1:30.
    Estoy en desacuerdo porque los pacientes tenemos derechos y merecemos respeto de igual forma también nosotros como pacientes tenemos que respetar y cumplir de acuerdo a lo publicado de horarios y reglas que ponga la institución.
    Hoy a las 12:30 llegue a la Casa de Salud ubicada en Magdalena Contreras, me dirigí con Respeto a la Trabajadora Social del Papanicolao, me índica el área y espero, me doy cuenta que la enfermera esta adentro de la habutación y estan poniendole la puerta de su cubiculo, espero y sale la enfermera a dejar una herramienta al trabajador que se retiraban estando 6 personas, para vacunas y otras cosas le pregunte y dijo que soli atendería a las que señalo en medio de todas las pacientes me dijo que tenía familia y la estaban esperando, le comente del horario y me dijo que no lo llevan a cabo que el papanicolao tiene que ser yemprano ya mas tarde no lo hace porque se tarda y ella la esperan en su casa.
    Me sentí mal, puesto que deje el trabajo para realizar el estudio y no se me dió el derecho como paciente de un trato digno y respetuoso.
    Donde esta la Carta de derechos de los pacientes 1.Recibir atención médica adecuada.
    2. Recibir un trato digno y respetuoso.
    3. Recibir información clara y oportuna y veraz.
    El nombre de la enfermera es Rocío Bernal.
    Trabajadora Social Elvia Ayala que se lumito s que tenía pase de salida la enfermera y la enfermera no me índico eso.

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  2. Esto es atención Médica, como dice el letrero del papanicolao con 5 minutos salva una vida.y si niegan el servicio como se le llama esto.
    Casa de salud
    Enfermera Rocio Bernal

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